En el CEE Helployee rabajamos por la inclusión laboral de las personas con discapacidad. Ayudamos a las empresas a ser responsables socialmente al hacer posible que las personas con discapacidad puedan ejercer su derecho al trabajo.
Nuestro objetivo es la inclusión a traves de la normalización de la discapacidad. Queremos que la discapacidad no sea un freno sino un motor para la integración resaltando por encima de todo el valor de nuestros trabajadores.
El Real Decreto 364/2005, de 8 de abril dispone, en su artículo 2, lo que se detalla a continuación: 1. Las medidas alternativas que las empresas podrán aplicar para cumplir la obligación de reserva de empleo en favor de las personas con discapacidad son las siguientes:
a) La celebración de un contrato mercantil o civil con un centro especial de empleo, o con un trabajador autónomo con discapacidad, para el suministro de materias primas, maquinaria, bienes de equipo o cualquier otro tipo de bienes necesarios para el normal desarrollo de la actividad de la empresa que opta por esta medida.
b) La celebración de un contrato mercantil o civil con un centro especial de empleo, o con un trabajador autónomo con discapacidad, para la prestación de servicios ajenos y accesorios a la actividad normal de la empresa.
c) Realización de donaciones y de acciones de patrocinio, siempre de carácter monetario, para el desarrollo de actividades de inserción laboral y de creación de empleo de personas con discapacidad, cuando la entidad beneficiaria de dichas acciones de colaboración sea una fundación o una asociación de utilidad pública cuyo objeto social sea, entre otros, la formación profesional, la inserción laboral o la creación de empleo en favor de las personas con discapacidad que permita la creación de puestos de trabajo para aquéllas y, finalmente, su integración en el mercado de trabajo.
d) La constitución de un enclave laboral, previa suscripción del correspondiente contrato con un centro especial de empleo, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan los enclaves laborales como medida de fomento del empleo de las personas con discapacidad.
EL CEE HELPLOYEE promueve la inserción e integración laboral de personas con discapacidad.
Por cada Medida Alternativa existen una serie de cantidades que se deben cumplir por cada trabajador no contratado directamente en plantilla.
En el caso de optar por EL CEE HELPLOYEE, el importe anual de contratación debe ser, al menos, tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples anual (IPREM) por trabajador con discapacidad no contratado:
*Para el año 2020 son 22.558,77 euros (tres veces el IPREM de 7.519,59 euros).
¿Qué es el Certificado de Excepcionalidad?
En determinadas circunstancias a las empresas les resulta complicado la contratación directa de personas con discapacidad, por lo que la ley permite cumplir con la LGD (Ley General de Discapacidad) a través de medidas alternativas. Para ello se debe obtener antes la autorización de las medidas alternativas que otorga el Certificado de Excepcionalidad. La Consejería de Trabajo del Gobierno Autonómico o bien, si no se concentra en al menos un 80% la plantilla de la empresa en una sola comunidad autónoma, el Mº de Empleo y Seguridad Social a través del SEPE, son los organismos encargados de expedir este certificado. El certificado será estudiado y en su caso concedido en función de:
Puede descargar aquí continuación el documento de solicitud oficial del Certificado de Excepcionalidad. Este documento es válido para solicitudes nacionales.
Solicitud Certificado De Excepcionalidad
De una forma gratuita, le asesoramos, acompañamos y realizamos por usted todos los trámites administrativos para la obtención del certificado de excepcionalidad y cumplimiento de las Medidas Alternativas. Para más información contáctenos:
Correo electrónico: info@helployee.com
Para descargar el modelo de solicitud de certificado de excepcionalidad para la Comunidad de Madrid, pinche aquí